La ley estipula la contratación de unos seguros obligatorios para los promotores de viviendas. De esta forma no solo se protegen los intereses de los compradores de viviendas, también se cubre la responsabilidad y se asegura el patrimonio de los agentes de la edificación.
Los seguros obligatorios para promotores son los siguientes:
- Seguro decenal.
- Afianzamiento de cantidades.
- Responsabilidad Civil del Promotor.
En este artículo hablamos de:
El Promotor: introducción
Con la entrada en vigor de la Ley de Ordenación de la Edificación, también llamada LOE, se definieron quienes eran los agentes de la edificación. Además, se especificaron cuáles eran las responsabilidades y obligaciones de cada uno de ellos. Entre los que se encuentra el promotor.
En primer lugar, el promotor inmobiliario es toda persona física o jurídica, que forma individual o colectiva, decide promover viviendas para su posterior compraventa.
Además, el promotor es uno de los agentes de la edificación más importantes en la construcción de viviendas. Por no decir el más importante. La correcta producción y ejecución de las promociones inmobiliarias recae sobre los promotores y como es lógico, tienen que estar bien protegidos.
Diferencia entre promotor y autopromotor
También existe la figura del autopromotor. La diferencia entre promotor y autopromotor, es que la vivienda que promueve el segundo será de uso propio. En este caso, no está obligado a contratar algunos seguros. Pero si hay algunos muy recomendables, por ejemplo, el seguro decenal, que será exigido en el caso de tener que vender la vivienda en menos de diez años. De este modo, se protege al nuevo propietario ante posibles vicios ocultos o defectos la vivienda durante los diez primeros años de la construcción.
Al hilo de esto, te dejamos un artículo sobre los plazos de garantías en construcción.
Seguros obligatorios para promotores según la LOE
Como decíamos en el punto anterior, todo viene reflejado en la LOE. El promotor, independientemente de contratar los seguros obligatorios, también tiene otras obligaciones descritas, como son:
- Disponer de poder legal para construir sobre el solar elegido.
- Documentación e información necesarias para la redacción del proyecto. Además, autorizará al director de obra poder hacer modificaciones en él.
- Obtener las licencias y autorizaciones administrativas correspondientes. Suscribir el acta de recepción de obra.
- Facilitar toda la documentación a los compradores de viviendas.
En cuestión de garantías, la LOE especifica que los promotores tienen que asegurar las entradas a cuenta que realizan los adquirientes de las viviendas. También, deben proteger sus viviendas durante un periodo de diez años y cubrir los daños materiales por vicios ocultos . Así como tener contratado uno seguro de Responsabilidad Civil.
Responsabilidad Civil del Promotor
El seguro de responsabilidad civil es obligatorio para todos los profesionales que intervengan en una obra. De este modo, se cubren los daños materiales y personales a un tercero que puedan ocurrir durante el desarrollo de la actividad.
Algunas de las principales coberturas de este seguro son:
- Transporte y carga de los materiales.
- Daños en actividades subterráneas.
- Daños provocados por subcontratistas.
- Actuaciones de arquitectos e ingenieros.
- Derribos y demoliciones.
- Contaminación, entre otros.
Como conclusión, la contratación de este seguro se responde por la responsabilidad civil del art. 1.902 del Código Civil.
Afianzamiento de cantidades entradas a cuenta
Si trazamos una línea temporal de cualquier proyecto, tras la RC, el seguro de afianzamiento de cantidades seríael segundo seguro obligatorio que tuviera que contratar el promotor.
En este caso, el primer motivo del seguro de afianzamiento obligatorio es proteger a los adquirientes de las viviendas.
De este modo, se protege las entregas a cuenta de los futuros compradores en caso de que las viviendas no lleguen a construirse o no se inicie la obra. Además, el dinero de las entregas a cuenta se depositará en una cuenta especial que va destinada exclusivamente a pagar gastos de la obra asociada.
De este modo, los futuros compradores también estarán protegidos si el promotor no entrega las viviendas en el plazo estipulado en el contrato.
Solicita más información sobre el Afianzamiento de cantidades.
Seguro Decenal de daños
El seguro decenal de daños es obligatorio para construcciones nuevas y en reformas que toquen la estructura del edifico.
El promotor tendrá que contratar la garantía por un periodo de diez años. Así quedarán cubiertos los daños materiales ocasionados por vicios o defectos que afecten exclusivamente a la estructura y estabilidad del edifico.
Aquí tienes toda la información sobre el Seguro decenal.
Los promotores de viviendas en el sector
La crisis provocada por la pandemia de la Covid-19 ha tocado a numerosos sectores importantes de nuestro país.
Al principio de año la construcción parecía que sería uno de los más afectados. No obstante, son numerosas las noticias que muestran algo de alivio a la promoción de nuevas viviendas.
La promoción de vivienda nueva atrae a otros compradores que, impulsados por el confinamiento y la pandemia, demandan otras calidades que en la compraventa de viviendas de segunda mano es más compleja.
¿Eres autopromotor? Quizás te interese conocer las ventajas de contratar la póliza decenal para viviendas unifamiliares.
Synergy y las promociones de viviendas
En Synergy somos expertos en seguros para la construcción. Podemos gestionar desde grandes promociones de viviendas hasta pequeñas autopromociones.
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